Determinación legal de la filiación por sentencia firme, paternidad y maternidad.
Tal y como establece la Ley de enjuiciamiento civil podrá pedirse de los tribunales la determinación legal de la filiación , así como impugnarse ante ellos la filiación legalmente determinada. Las acciones correspondan al hijo menor de edad o incapacitado podrán ser ejercitadas por su representante legal o por el Ministerio Fiscal, indistintamente. Se considerará parte demandada , si no hubieran interpuesto ellos la demanda, las personas a las que en ésta se atribuya la condición de progenitores y de hijo, cuando se pida la determinación de la filiación y quienes aparezcan como progenitores y como hijo en virtud de la filiación legalmente determinada, cuando se impugne ésta. Si cualquiera de ellos hubiere fallecido, serán parte demandada sus herederos En ningún caso se admitirá la demanda sobre determinación o impugnación de la filiación si con ella no se presenta un principio de prueba de los hechos en que se funde. En los juicios sobre filiación será admisible la investigación ...









