PROCESO DE INVESTIDURA DEL NUEVO PRESIDENTE DE GOBIERNO
Se encuentra regulado en los art. 99 y 101 de la Constitución española, en principio este proceso se inicia al
convocarse nuevas elecciones pero también hay otras causas para iniciar este
proceso como son: la muerte del presidente , renuncia del presidente al cargo, por presentar una cuestión
de confianza y sea derrocado o por la acusación de alta traición o cualquier
otro delito contra la seguridad del estado.
El procedimiento:
En
primer lugar todos los grupos con representación parlamentaria tendrán que proponer su candidatura al rey, esto es un acto formal y
simbólico, el candidato elegido por mayoría acudirá al congreso y presentará su programa
político.
Si ese candidato obtiene en su primera votación la mayoría absoluta
será nombrado presidente y si no se llega, pasadas las 48 horas, se volverá a votar y solo será necesaria la mayoría simple, en el caso en el que no se consiguiera la mayoría simple, se presentará otro candidato y se iniciará la misma operación.
Si pasados dos meses no
tenemos ningún presidente, la constitución establece que se disolverán las cámaras y se volverán a convocar
elecciones generales.
Durante todo este proceso sigue el gobierno anterior
actuando en funciones, con la función de garantizar la estabilidad del país
durante el proceso.
No solo para la investidura de origen es necesaria una
mayoría sólida sino también para que haya una estabilidad gubernamental también
será necesaria una mayoría sólida.



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